NUEVO BENEFICIO. CONVENIO CON CASA RICA APARTS HOTEL
10% DE DESCUENTO en alojamiento tarifas vigentes
CONVENIO ENTRE CAJA DE ABOGADOS DE LA PCIA. DE SALTA Y CASARICA APART HOTEL
Entre CASARICA APARTS RESIDENCIAS ARGENTAS, en adelante EL HOTEL, representado
en este acto por el Gerente General Mauro Puppo, con domicilio en Lavalle 1725, Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, y por la otra la CAJA DE ABOGADOS DE LA PCIA. DE SALTA, en
adelante, representadas en este acto por la Presidente, Dra. María Emilia Carabajal, con domicilio
legal en Sarmiento No 308, Salta Capital, y que convienen en celebrar el presente CONVENIO DE
COOPERACION RECIPROCA, con arreglo y sujeción a las cláusulas que a continuación se
detallan:
PRIMERA: CAJA DE ABOGADOS DE LA PCIA. DE SALTA se compromete a difundir en toda
su comunicación institucional la promoción propuesta por EL HOTEL.-------------------------------------
SEGUNDA: EL HOTEL se compromete a respetar los servicios de alojamiento en las modalidades
vigentes.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Las tarifas mostrador, características y beneficios que brinda EL HOTEL a los beneficiarios
se detalla en el anexo A, parte integral del presente convenio.-----------------------------------------------
EL HOTEL se compromete a otorgar un descuento del 10 % (diez por ciento) en
alojamiento sobre las tarifas mostrador vigentes al momento del ingreso, acumulable con las
promociones vigentes. ---------------------------------------------------------------------------------------------------
TERCERA: Las reservas deberán efectuarse EXCLUSIVAMENTE INDICANDO QUE SON
SOCIOS DE LA CAJA DE ABOGADOS DE LA PROVINCIA DE SALTA con antelación a la fecha
de viaje, detallando fecha de ingreso y egreso, tipo de habitación, apellido y nombre del viajero, a
través de e-mail acomercial@casarica.com.ar o a los teléfonos +54 9 294 455 1688 ó 1167410460.
Se aceptan reservas vía telefónica y toda solicitud queda sujeta a confirmación o rechazo
por parte de EL HOTEL dependiendo de la disponibilidad existente. En caso de confirmación de
la reserva, las condiciones y precios serán establecidos en la categoría y características vigentes
al momento del viaje.-----------------------------------------------------------------------------------------------------
Podrán consultar imágenes e información de EL HOTEL a través de su página webIG:
@casaricacoliving sección APARTS --------------------------------------------------------------------------------
CUARTA: Efectuada la confirmación por intermedio de EL HOTEL, el beneficiario se compromete
a cumplimentar los requisitos establecidos para efectivizar la reserva. El horario de ingreso es a
partir de las 14:00 horas y el horario de salida es hasta las 11:00 horas.----------------------------------
QUINTA: Los servicios serán abonados por el beneficiario de contado, con tarjeta de crédito,
tarjeta de débito o por depósito bancario.---------------------------------------------------------------------------
Una vez que EL HOTEL confirme la reserva vía e-mail, se darán los datos para depósito
bancario o se solicitará la información de una tarjeta de crédito a modo de garantía para formalizar
la reserva.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
SEXTA: Se acuerda expresamente que la CAJA DE ABOGADOS no se responsabiliza por la
prestación del servicio que EL HOTEL ofrece al beneficiario, ni por su calidad, eficiencia o
contenido, como así también por el incumplimiento en que pudiera incurrir el beneficiario.----------
SEPTIMA: El presente convenio no podrá en ningún caso ser modificado unilateralmente, salvo
previo acuerdo de partes o de mediar causa sobrevivientes que afecten notoriamente al presente
convenio, sea por fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados.-----------------------------
Se entiende por fuerza mayor al obstáculo externo, imprevisto o inevitable que origina una fuerza
extraña al hombre que impide el cumplimiento de las obligaciones (ejemplo: incendios,
inundaciones y otros desastres naturales) -----------------------------------------------------------------------
Se entiende por caso fortuito al obstáculo interno atribuible al hombre, imprevisto o inevitable,
proveniente de las condiciones mismas en que la obligación debía ser cumplida (ejemplo:
conmociones civiles) -----------------------------------------------------------------------------------------------------
OCTAVA: Para el supuesto de divergencias derivadas de la operatividad y cumplimiento del
presente convenio, las partes, después de agotar las vías conciliatorias y no llegar a un acuerdo,
se someterán inicialmente al régimen de mediación, y de no prosperar, se someterán a la
Jurisdicción de los Tribunales Ordinarios Civil y Comercial de la ciudad de Salta, con exclusión de
todo otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder, constituyendo domicilios especiales y
legales en aquellos citados, donde serán válidas todas las notificaciones, judiciales y
extrajudiciales.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------